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Violencia contra mujeres y niñas ha sido más visible en el confinamiento por la pandemia de COVID-19

Durante 2020, la violencia contra mujeres y niñas ha sido todavía más visible debido a que el confinamiento para mitigar la pandemia de COVID-19 ha ocasionado un repunte de casos de agresiones, como se demuestra con el incremento en las llamadas telefónicas al 911 o a la Línea de la Vida 800 911 2000.

Desde el 25 de Noviembre, Día Internacional por la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y las Niñas, la Secretaría de Salud se unió a la campaña mundial 16 días de activismo contra la violencia de género que concluyó este 10 de diciembre. En este año, es necesario poner especial atención en la violencia sexual, que es una de las manifestaciones más extremas de la violencia de género.

Para ello, en nuestro país contamos con la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención, que contempla la atención integral de las personas que enfrentan este y otros tipos de violencia.

La NOM 046 señala que todas las personas, particularmente las mujeres que enfrenten una violación sexual, tienen derecho a recibir atención integral. Establece que:


En las primeras 72 horas después del ataque reciban profilaxis para prevenir infecciones de transmisión sexual, incluido el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH).


Hasta 120 horas después de la violación se suministren pastillas de anticoncepción de emergencia, o en los siguientes siete días se coloque un dispositivo intrauterino, con el propósito de evitar embarazos no intencionales.

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En caso de embarazo producto de una violación sexual, todas las mujeres y bajo el amparo legal a nivel nacional tienen derecho a recibir servicios de aborto seguro, sin necesidad de presentar una denuncia.

Asimismo, con el consentimiento de la usuaria y siempre que sea posible, los servicios de salud deben registrar las evidencias médicas de la violación. Las mujeres menores de 12 años deberán presentarse a los servicios de salud acompañadas por su madre, padre o tutor (a) para consentir el acceso a este servicio, con absoluto respeto a sus derechos.

La NOM 046 es de observancia obligatoria para todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud y prestadores de servicios de salud de los sectores público, social y privado. Su incumplimiento lleva a sanciones penales, civiles o administrativas.

En la Secretaría de Salud trabajamos de forma continua en el marco de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que señala que la violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas constituye un grave problema de salud pública y una violación a sus derechos humanos.

Reitero mi compromiso para trabajar día con día en la eliminación de las barreras que limitan el acceso a las mujeres a una vida libre de violencia y exhorto a las instituciones del Estado y a la ciudadanía a caminar en el mismo sentido.

Jorge Alcocer Varela
Secretario de Salud

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Redacción

Equipo de redacción de la red de Mundodehoy.com, LaSalud.mx y Oncologia.mx

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